top of page
PLURAL

CODHEM.

EL USO OBLIGATORIO DEL CUBREBOCAS PROTEGE EL DERECHO A LA VIDA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA SALUD, PERO NO DEBE SER PRETEXTO PARA VULNERAR DERECHOS HUMANOS: CODHEM


*La medida debe aplicarse bajo los criterios de legalidad, racionalidad, necesidad y proporcionalidad; la Codhem condena toda vulneración a los derechos humanos por ese motivo: Jorge Olvera

*La Recomendación General 2/2020 sobre el uso del cubrebocas llama a la emisión de un instrumento jurídico que faculte a la autoridad municipal para verificar el cumplimiento de la medida de prevención y contención del COVID-19, con perspectiva de derechos humanos.

El uso obligatorio del cubrebocas es una medida justa en estos momentos de máxima alerta sanitaria, pues responde al derecho a la vida, que es el bien superior de todas las personas, y al derecho a la protección de la salud, cuya garantía es el acceso para el ejercicio de todos los demás derechos humanos, afirmó el ombudsman mexiquense Jorge Olvera García.

Explicó que la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) emitió al respecto la Recomendación General 2/2020 sobre el uso de cubrebocas para garantizar el derecho a la protección de la salud frente al COVID-19, en la que llama a la acción a las autoridades estatales y municipales, pero siempre bajo los criterios de necesidad, racionalidad, legalidad y proporcionalidad, considerando que la legislación actual ya prevé sanciones y procedimientos para su aplicación.

Aclaró que la misma Recomendación señala la necesidad de proceder siempre con una perspectiva de derechos humanos, lo cual implica un absoluto respeto a la dignidad humana al momento de un apercibimiento acerca de la utilización del cubrebocas: “por supuesto que estamos en contra y condenamos todo uso excesivo de la fuerza pública o cualquier vulneración a los derechos humanos con el pretexto de sancionar la falta de uso o uso incorrecto del cubrebocas”, enfatizó Olvera García.

En entrevista a distancia, dijo que por esa razón y a fin de evitar que se desvirtúe la aplicación de la medida, en la Recomendación General se exhorta a emitir un instrumento jurídico idóneo, “una ley homogénea, fuerte y perdurable”, mediante la cual se faculte a las autoridades municipales para verificar el cumplimiento de la medida de prevención y contención del COVID-19, delimitándose las facultades relativas a la aplicación de sanciones en caso de inobservancia bajo la estricta necesidad, proporcionalidad y legalidad.

“De ahí también la necesidad de insistir en la información y sensibilización de la población sobre el uso del cubrebocas; la capacitación a las personas servidoras públicas y el establecimiento de protocolos para la supervisión y vigilancia del cumplimiento del uso obligatorio en lugares y transporte públicos, o en aquellos espacios donde la sana distancia no sea posible”, puntualizó.

Asimismo, el presidente de la Codhem reconoció el compromiso de los Ayuntamientos de San Felipe del Progreso, Tlalnepantla, Aculco, La Paz, Chimalhuacán, Tejupilco, Tultepec y Luvianos, así como de la Secretaría de Seguridad estatal, porque en menos de una semana aceptaron dicha Recomendación General, la cual fue dirigida a los tres poderes del Estado de México, a organismos autónomos y a los 125 ayuntamientos.

Destacó que “a esta generación le corresponde una tarea ejemplar de solidaridad social, empatía y altruismo en la cruzada contra la pandemia de COVID-19”, pues la adecuada utilización de cubrebocas es una herramienta muy útil y de bajo costo, que conlleva un cambio de mentalidad, pues las personas deben estar conscientes de que con su autoprotección protegen a la colectividad, y están participando activamente en la lucha contra el grave problema sanitario que constituye el COVID-19 a nivel mundial, concluyó.

1 visualización0 comentarios

Comments


Publicar: Blog2_Post
bottom of page